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tribuna













                         El procedimiento pericial



                         en el contrato de seguro:



                          de la reforma correctora


                                 a la total supresión





                                                                                       María José Morillas Jarillo,
                                                        Catedrática de Derecho Mercantil. Universidad Carlos III de Madrid





                 l siniestro se puede de-    ticadas carencias de la regulación    queden lastimados los fueros
                 cir  que es el  “banco  de   del Código de Comercio de 1885       de la  defensa de  ninguna de
                 pruebas” del contrato       era,  precisamente,  la regulación    las partes, con el objeto de fi-
          Ede seguro, porque hace            de la materia en los arts. 404 a      jar las causas del incendio, la
          nacer en el asegurador su princi-  410,  que,  conforme  al  art.  385   cuantía de los efectos asegu-
          pal obligación, la reparación o el   del mismo Código, quedaba a la      rados  y  el  importe  de  la  in-
          pago de la indemnización o can-    voluntad de las partes, al conte-     demnización”.
          tidad estipulada. A su vez, la li-  nido de la póliza, pese al carác-   Y ya sabemos lo que significa
          quidación del siniestro, del daño,   ter  decisivo de  la materia y las   y en qué se traduce la autonomía
          es esencial en muchos seguros      proclamadas  bondades  del  régi-  de  la voluntad de  las partes en
          para la determinación del alcance   men dispositivo, destacadas en la   un contrato de adhesión como es
          de la prestación  del asegurador,   propia Exposición de motivos del   mayoritariamente el de seguro.
          como presupuesto para que la       Proyecto de Código:                  Ausente en los trabajos prele-
          deuda  de  indemnización  deven-        “Siendo el objeto principal   gislativos, se inserta en el Proyec-
          ga, eso, líquida. Por ello, ya seña-  del  contrato  de  seguros  con-  to de Ley de 1979, para quedarse,
          laba Garrigues que la evaluación      tra incendios obtener el ase-   tras la tramitación parlamentaria,
          del daño “es la tarea más impor-      gurado la indemnización de      el régimen legal del art. 38 de la
          tante y también la más difícil de     los daños sufridos, convenía    LCS, encuadrado en las disposi-
          la relación del seguro”, en la que    determinar con claridad los     ciones generales de los seguros
          se enfrentan, de manera singular,     requisitos o trámites necesa-   contra daños, pero aplicable tam-
          los intereses contrapuestos de las    rios para fijar el importe de   bién a los seguros de accidentes,
          partes.                               esta indemnización, la for-     en virtud de la remisión del art.
            En contraste con esta destaca-      ma en que debía satisfacerse    104; procedimiento que rige para
          da importancia, la regulación de      y los medios para percibirla    todo tipo de aseguradores, inclui-
          la liquidación  del siniestro fue,    pronta y rápidamente. A este    do el Consorcio de Compensación
          hasta  la  Ley  50/1980,  de  8  de   efecto, el Proyecto consigna    de Seguros (CCS), también cuan-
          octubre, de Contrato de Seguro        un procedimiento especial,      do actúa como fondo de garantía,
          (LCS), deficiente. una de las cri-    que es muy sumario, sin que     no solo encuadrado en la remi-


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