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tribuna







            Además, en otro apartado no-     en el que un perito intervinie-    miento del colegio de peritos, etc.
          vedoso, se sanciona con la nu-     ra como mediador para acercar      Tal era, por otro lado, la visión de
          lidad cualquier cláusula que sea   a las partes en un intento de      la doctrina cuando se enfrentó a
          contraria a lo previsto en el art.   acuerdo voluntario, y la asocia-  las posibles modificaciones de la
          592-14  (curiosamente,  no  a  lo   ción de peritos actuara como      LCS que, a la luz de la experien-
          establecido  en  el  592-13),  aun   institución de mediación.        cia acumulada en su aplicación,
          en el caso de que dicha cláusu-      La eliminación del contenido     se formularon como propuestas:
          la fuera más beneficiosa para el   del art. 38 LCS supone desechar,   ninguna de ellas, hasta donde co-
          asegurado, con lo que se desvir-   de rondón, toda la doctrina, legal   nozco, propuso la eliminación del
          túa lo dispuesto en el art. 591.2,   y científica, surgida y desarrollada   procedimiento pericial del art. 38.
          b) de la misma Propuesta, que      al amparo del que, sin duda, es    Sugerencias, por cierto, ignoradas
          mantiene la imperatividad rela-    uno de los preceptos de la LCS más   todas de plano en esta materia,
          tiva de la regulación, coinciden-  y mejor estudiados y que más re-   cuando no abiertamente contra-
          te con el actual carácter que a    soluciones judiciales ha provoca-  dichas.
          la LCS atribuye el vigente art.    do. Supone, además, desaprove-       La Propuesta de Código mer-
          2. Lo que puede llevar a cues-     char una estupenda oportunidad,    cantil, por el contrario, en lugar
          tionar incluso si se sancionaría   quién sabe si única, para corregir   de  mejorar  un  procedimiento
          de la misma forma la cláusula      sus imperfecciones o aclarar sus   que, a todas luces, ha sido be-
          del contrato que contemplara       oscuridades o dudas, tal y como    neficioso, sobre todo para los
          un régimen de peritaje contra-     abordaba el texto de la propues-   asegurados, a quienes ha puesto
          dictorio, del tipo del vigente del   ta de reforma de 2008, para, por   en pie de igualdad con las ase-
          art. 38, como intento de com-      ejemplo, reubicarlo y redefinirlo   guradoras a la hora de discutir
          posición extrajudicial de las di-  con el fin de su mejor aplicación   el siniestro, prefiere hacer tabla
          ferencias de las partes, una vez   a todos los seguros, no solo a los   rasa, con lo que aboca al ase-
          presentada la oferta o la res-     de daños en cosas materiales; la   gurado a acudir a los Tribunales
          puesta motivada del asegurador     regulación de los plazos de ac-    si el asegurador, como no será
          y rechazada por el asegurado;      tuación  y su coordinación con     infrecuente, rechaza su estima-
          o, por qué no, la previsión de     los marcados en otros preceptos    ción del valor de los daños, por
          un procedimiento de mediación      de la Ley; las reglas de funciona-  muy razonable que esta fuera.








                 Integridad y objetividad a su servicio











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