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tribuna
el siniestro y aminorar sus conse- cándose aquellos que han servido ambas son técnicas que han de-
cuencias, sino también proporcio- de base para cuantificar la oferta mostrado su utilidad en el campo
nar información complementaria de indemnización” y en el 19.4 de los seguros de responsabilidad
sobre el alcance del daño, om- se añade que, en “caso de des- civil del automóvil”.
nicomprensiva de la relación de acuerdo, si las partes han lleva- Y lo desarrolla en los arts. 591-
los objetos asegurados existentes do a cabo una mediación ante 17, 592-13 y 592-14, que repro-
al tiempo del siniestro, la de los un perito independiente se podrá ducen, en esencia, el Borrador
salvados y, cuando le sea posible, interponer directamente la de- de Anteproyecto de 2010: por lo
la estimación del valor razona- manda correspondiente, sin más tanto, opta por el texto prele-
ble de los daños. Incumbiéndole, requisitos”. gislativo que ninguna referencia
además, la carga probatoria de la La Propuesta de Código mer- contenía al peritaje. Si bien, con
preexistencia de los bienes objeto cantil, elaborada por la Sección algún añadido, como veremos.
del seguro, alterada por medio de de Derecho mercantil de la Co-
la presunción del contenido de la “Artículo 591 -17.
póliza “cuando razonablemente Obligaciones del asegurador
no puedan aportarse pruebas más 1. El asegurador deberá obser-
eficaces”. Tras esa información, “El iter cronológico var, desde el momento en que
entra en juego el régimen de la conozca por cualquier medio
oferta o respuesta motivada del y lógico, que sigue la existencia del siniestro, una
art. 19 del Anteproyecto, al que el el actual art. 38 conducta diligente en la cuan-
art. 39 remitía, que señala que la tificación del daño y la liquida-
oferta “contendrá de forma deta- LCS se regula de ción de la indemnización.
llada los documentos e informes forma incompleta 2. En el plazo de los dos meses
de los que disponga, identificán- siguientes a la recepción de la
dose aquellos que han servido y per saltum en la comunicación del siniestro, el
de base para cuantificar la ofer- asegurador deberá presentar
ta de indemnización” (art. 19.2). Propuesta de Código una propuesta motivada de
Esquema contrapesado por la Mercantil de junio de indemnización. Esta propuesta
lacónica precisión de que el ase- contendrá de forma detalla-
gurador “deberá observar, desde 2013” da los documentos e informes
el momento en que conozca por de los que disponga. Identi-
cualquier medio la existencia del ficándose aquellos que han
siniestro, una conducta diligente servido de base para cuantifi-
en la cuantificación del daño y la car la propuesta de indemni-
liquidación de la indemnización” misión General de Codificación zación.
(art. 19.1). y presentada en junio de 2013, 3. En el mismo plazo de dos me-
Esta concepción se mantie- acoge este planteamiento, como ses previsto en el apartado
ne inalterada prácticamente en avanza en su Exposición de moti- anterior, el asegurador debe-
el Anteproyecto de Ley de Con- vos (VI 147): “La exigencia al ase- rá dar una respuesta motiva-
trato de Seguro, de los ministe- gurador, de acuerdo con lo que la da en todos aquellos casos en
rios de Justicia y de Economía y normativa europea recomienda y que considere que la reclama-
Hacienda, de 8 de abril de 2011, la realidad del mercado nos con- ción del asegurado no puede
en cuyo art. 19.1, por resaltar los firma, de una conducta diligente prosperar. En este supuesto, el
cambios lo hacemos en cursiva, se en la cuantificación del daño y la asegurador deberá concretar y
establece que la oferta motivada liquidación de la indemnización, justificar las razones en las que
de indemnización “contendrá de que se concreta en su deber de se basa para rechazar la peti-
forma detallada los documentos presentar una propuesta motivada ción de indemnización.
e informes de los que disponga, y documentada de indemnización 4. Cuando la naturaleza del se-
incluyendo los periciales que o una respuesta motivada de de- guro lo permita y el asegura-
puedan corresponder, identifi- negación de aquella, por cuanto do lo consienta, el asegurador
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