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tribuna
sión a la general aplicación de la vidir el actual artículo 38, de una asegurado que el peritaje contra-
LCS que llevan a cabo el art. 2.2 extensión excesiva, como desta- dictorio, en ocasiones, de mayor
del Estatuto legal del CCS, texto có la doctrina, en dos artículos, coste para él que la diferencia que
refundido aprobado por real De- 38 y 39, el primero de ellos, con reclamaba al asegurador, median-
creto Legislativo 7/2004, de 29 cuatro apartados: comunicación te la solicitud de colaboración del
de octubre y el art. 1.3 del re- de los daños y de su estimación; Defensor del Asegurado de la en-
glamento del CCS, aprobado por acuerdo sobre la valoración de los tidad, si lo hubiere, al efecto de
Real Decreto 731/1987, de 15 de daños; procedimiento pericial en que este facilitase al asegurado
mayo, sino también por la expre- caso de desacuerdo respecto a la designaron de su perito o, in-
sa alusión del art. 20 del Estatuto la cuantía de los daños y de la cluso, designase un perito único
a la tramitación de los siniestros indemnización debida; impugna- en caso de que así lo solicitase el
conforme al art. 38 LCS, “con la ción y reclamación judicial. Y el asegurado. Y señalaba que debía
vinculación al dictamen de los art. 39, sobre los gastos de pe- tenerse presente la modificación
peritos”, junto con las reglas es- ritación, en el que se concretaba que pudiera llevarse a cabo en la
peciales que, como peculiaridades en qué consiste la valoración ma- legislación sobre jurisdicción vo-
del procedimiento, contempla el nifiestamente desproporcionada. luntaria para el caso de designa-
citado precepto legal. Esto propi- Además, aclaraba algunos as- ción del tercer perito.
cia la aplicación de las mismas re- pectos debatidos: que el proce- Incluso se debatió la posibili-
glas en todos los ámbitos de ase- dimiento pericial es imperativo dad de ampliar los límites de la
guramiento con un mecanismo solo en cuanto a la determinación intervención del perito, y se anali-
que, además, ha merecido elogios del importe y de la forma de la zaron las consecuencias de la ex-
por parte de los estudiosos y co- indemnización, y no cuando la tensión del procedimiento pericial
contradictorio a supuestos que
trascendieran el importe y la for-
“La regulación de la liquidación del siniestro ma de la indemnización y la mera
discrepancia acerca del importe
fue, hasta la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de de los daños, para que pudiera
Contrato de Seguro, deficiente” pronunciarse sobre la existencia
de causas impeditivas del pago
por razón de las circunstancias
del siniestro, de la cobertura de
la póliza o del riesgo asegurado,
mentaristas de la LCS que han controversia deriva de que la ase- o cuantificación del infraseguro,
subrayado su utilidad y eficacia guradora rechaza la existencia del punto en el que algún miembro
para la pronta liquidación de los siniestro o su cobertura, en cuyo del grupo de trabajo manifestó su
siniestros. caso el asegurado podrá acudir desacuerdo con que el perito en-
Así las cosas, iniciados los, has- directamente a los tribunales; la trase a valorar la cobertura o no
ta ahora infructuosos, trabajos obligación para el perito único del siniestro.
prelegislativos para la reforma de de informar y notificar su dicta- El Borrador de Anteproyecto de
la LCS, parecía previsible que esta men a ambas partes; y aclaraba el Ley de Contrato de Seguro de los
materia fuera objeto de la misma concepto de “partes” de cara a la ministerios de Justicia y de Eco-
y era esperable que, en los textos designación de peritos. nomía y Hacienda, de junio 2010,
en los que ha fructificado, se con- no consideraba necesaria una supuso una radical ruptura con
tuviera alguna referencia expresa referencia explícita a la obligación al anterior, pues, manteniendo la
a esta cuestión. de peritar del asegurador (como numeración de los dos preceptos,
La Propuesta de Bases para la se había propuesto en el grupo alteraba por completo su conteni-
reforma de la Ley de Contrato de de trabajo) y preveía un procedi- do, de tal manera que lo reempla-
Seguro de la Dirección General de miento alternativo para los des- za por un esquema en el que se
Seguros y Fondos de Pensiones acuerdos de pequeña cuantía, incrementan las cargas del asegu-
de febrero 2008, se proponía di- más simple y económico para el rado que debe, no solo comunicar
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