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tribuna















                             ¿POR QUÉ UN VEHÍCULO


                      ‘SINIESTRO TOTAL’ REPARADO



                                  DEBE PASAR LA ITV?








            El pasado 14 de abril de 2021, fue                                 CONTROL
            publicado en el Boletín Oficial del Es-
            tado el Real Decreto 265/2021 sobre                                Ahora bien, lo cierto es que los efec-
            los vehículos al final de su vida útil,                            tos positivos que se pretenden con
            una norma que, además, modifica el                                 esta regulación caen en saco roto si
            Reglamento General de Vehículos.                                   no hay realmente un control sobre
                                                                               los vehículos accidentados y los de-
              Si bien puede parecer que introdu-                               clarados siniestro total que permita
            ce novedades que afectan al sector                                 verificar que, efectivamente, han acu-
            de la ITV, al establecer la obligación                             dido a una estación de ITV a realizar
            de superar una inspección técnica en                               la preceptiva inspección técnica una
            aquellos vehículos que han sido de-                                vez reparados. Esto determina que,
            clarados siniestro total por las com-                              en la mayoría de los casos, el vehícu-
            pañías aseguradoras para que su ti-                                lo se repara y sigue circulando al no
            tular pueda volver a circular o, en su                             haber una supervisión por parte de
            caso, venderlo, lo cierto es que esta                              Administraciones Públicas o agentes
            inspección técnica ya estaba prevista                              de la autoridad que permita acreditar
            de forma expresa en la normativa que   GUILLERMO MAGAZ,            que estos vehículos han realizado la
            regula el sector de ITV.               Director gerente de la      ITV previa a su puesta en circulación.
              Así, desde hace años, se  viene     Asociación Española de       De hecho, prueba de ello es que, se-
            exigiendo que tras un accidente u   Entidades Colaboradoras de la   gún  los  datos  de  que  disponemos,
            otra causa, cuando el vehículo haya   Administración en la Inspección   desde la entrada en vigor del citado
            sufrido un daño importante que pue-  Técnica de Vehículos AECA-ITV   reglamento, por las estaciones de ITV
            da afectar a algún elemento de segu-                               no se ha incrementado el paso de ve-
            ridad de los sistemas de dirección,                                hículos de estas características.
            suspensión, transmisión o frenado, o                                  Una de las medidas que ayuda-
            al bastidor o estructura autoportante                              ría a cumplir con las finalidades que
            en los puntos de anclaje de alguno                                 persigue  la  realización  de  esta  ins-
            de estos órganos, deberá ser presen-  tro el vehículo cumple con las condi-  pección técnica es que desde las
            tado a inspección técnica antes de   ciones técnicas exigidas para circular   propias entidades aseguradoras, co-
            su nueva puesta en circulación, en   y, por otro, aporta transparencia en el   nocedoras del siniestro, se informase
            la que se dictamine sobre la aptitud                               al titular del vehículo de la obligación
            del vehículo para circular por las vías   mercado de segunda mano o de ve-
            públicas.                         hículo de ocasión, facilitando el his-  de realizar la ITV al mismo antes de
                                                                               su puesta en circulación. Una cola-
              Esta obligación, por un lado, ga-  torial técnico del vehículo a cualquier   boración necesaria desde el punto de
            rantiza que tras el accidente o sinies-  interesado en su compra.  vista de seguridad vial.



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