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tribuna











                    LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS


                 MATERIALES OCASIONADOS A UN



                               VEHÍCULO AUTOMÓVIL






            El Tribunal Supremo se pronuncia por                               preferente, aun cuando la cuantía
            primera vez sobre cómo determinar                                  de la reparación del vehículo sinies-
            la forma procedente de resarcimien-                                trado pudiera ser superior a su valor
            to de los daños materiales ocasio-                                 venal. También estimó los gastos del
            nados a un  vehículo automóvil en                                  vehículo de sustitución, argumenta-
            un accidente de circulación cuando                                 do que el perjudicado precisaba el
            el coste de reparación excede mani-                                vehículo para el desarrollo de su ac-
            fiestamente del valor venal (o valor                               tividad personal.
            de venta en el mercado del vehículo                                   Contra dicha resolución se inter-
            siniestrado) e, incluso, del valor de                              puso recurso de apelación por parte
            compra  en  el  mercado  de  segunda                               de los demandados. La sentencia
            mano de un vehículo de las mismas                                  de segunda instancia, dictada por la
            características.                                                   sección 4ª de la Audiencia Provincial
                                                                               de Granada, estimó parcialmente los
            COMENTARIO DE LA                                                   recursos  y, revocando la resolución
            SENTENCIA DE LA SALA 1ª                                            del Juzgado, condenó solidariamen-
                                                                               te a los demandados recurrentes a
            DEL TRIBUNAL SUPREMO                 JOSÉ A. BADILLO ARIAS ,       abonar al actor la suma de 4.511 €,
            DE 14 DE JULIO DE 2020            Director de la revista ‘RC. Revista   más los intereses legales, frente a los
                                                 de Responsabilidad Civil y    14.611,66 € a los que había condena-
                                                         Seguro’               do el Juzgado de Primera Instancia.
            1. El objeto de proceso
                                                                                  La Sala consideró que la repara-
            La sentencia analiza un supuesto de                                ción era antieconómica, puesto que
            daños materiales sufridos por el per-                              había una gran desproporción entre
            judicado, que ejercita una acción de   Los demandados se opusieron a la   el valor venal del vehículo (3.470 €) y
            reclamación de daños derivada del   demanda, alegando, en lo que ahora   el valor de reparación (6.700 €), reba-
            artículo 1902 CC contra el responsa-  nos interesa, que la reparación de los   jando la condena a 4.511 €, que era
            ble de la colisión y su aseguradora.   daños era antieconómica debido a   el resultado de aplicar el 30 %, como
                                              que el importe de la reparación, que   valor de afección, al valor venal del
              En la demanda se reclamó a los co-
            demandados que abonaran la repa-  era de 6.700 €, superaba con creces   vehículo.
            ración del daño sufrido en el vehículo   el valor venal del vehículo, que era de
                                              3.470 €.
            del demandante (6.700 €), así como                                 3. La posición de la Sala 1ª del Tribu-
            la cantidad adicional de 7.828,63 €,   2. Las sentencias de instancia  nal Supremo
            calculada hasta la fecha de la deman-                              En su recurso, la parte recurrente
            da, y ulteriores mensualidades que,   La sentencia de primera instancia   plantea al tribunal una cuestión ju-
            en concepto de alquiler de un vehí-  estimó  íntegramente  la  demanda,   rídica, relativa a la forma de resarci-
            culo de sustitución, se continuasen   concluyendo que la reparación del   miento del daño cuando el importe
            devengando hasta la completa repa-  daño, cualquiera que fuera su impor-  de la  reparación de un  vehículo de
            ración del automóvil siniestrado.  te, constituye la solución resarcitoria   motor excede manifiestamente de su



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