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El Perito
Responde
CONSIDERACIÓN SOBRE
CATALOGACIÓN DE ELEMENTOS
DE LAS FACHADAS COMO
PRIVATIVOS O COMUNITARIOS
cuáles son los elementos comunes igual protección que ésta en cuanto
necesarios para el adecuado uso y a sus posibles modificaciones y al-
disfrute de la propiedad privativa, teraciones e incumbiendo a la comu-
recogiendo entre ellos los elementos nidad y no a cada propietario su con-
estructurales como pueden ser: servación y, en su caso, reparación o
- Las fachadas, con los revesti- sustitución”. (AP Cantabria de 7-5-98,
mientos exteriores de terrazas, bal- EDJ 16571)
cones y ventanas, incluyendo su Trasladada esta doctrina de los
imagen o configuración, los elemen- revestimientos exteriores de unos
tos de cierre que los conforman y sus balcones a las ventanas, los alfeiza-
revestimientos exteriores. res, contraventanas y marcos como
Los alfeizares de las ventanas pue- revestimientos exteriores, cabe con-
den ser encuadradas en el concepto cluir que se trata de elementos que
de revestimientos exteriores que afectan a la estética conjunta de la
utiliza el mencionado artículo, por fachada, por lo que la obligación de
lo que son elementos comunes por reparación de los mismos incumbe a
naturaleza. toda la comunidad, sin que tampoco
quepa considerarlo un gasto indivi-
ANTONIO TERROBA GARCÍA, Centrado al objeto para determinar dualizable.
Ingeniero Técnico Industrial, Perito si los gastos de reparación correrán a
de Seguros de Vehículos Automóvi- cargo del propietario de la vivienda Sin embargo, los cristales y persia-
les, Incendios y Riesgos Diversos y donde se halla la ventana a reparar o nas serían, a nuestro juicio, respon-
exdirector del CEAPS de la comunidad en general, dado el sabilidad del propietario, así como la
carácter común de los elementos en parte inferior de las ventanas que dan
cuestión: al interior de la vivienda.
- Los petos, muros o albardillas B. VELUX:
En MEMENTO – Francis Lefebvre.- 500 que cierran los balcones, que consti- A estos efectos, un velux debe tener el
Preguntas sobre comunidades, nos tuyen delimitación de espacio priva- mismo tratamiento que una ventana,
encontramos con el siguiente texto: tivo, pero también del inmueble del dado que encaja perfectamente con
mismo y forman parte inseparable de
A. VENTANA: su fachada. la definición de la misma en el diccio-
nario de la Real Academia: “Abertura
El Código Civil articulo 396 establece “(…) esos cierres forman parte de más o menos elevada sobre el suelo,
una relación amplia y detenida de la fachada misma, gozando así de que se deja en una pared para dar luz
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