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cho menos después de la carrera.
            Está claro que hay que dar un paso
            más en la sensibilización de orga-
            nizadores  y  aficionados  sobre  la
            importancia de la seguridad vial y
            la necesidad de extremar las pre-
            cauciones en pruebas de este tipo.

            respoNsaBilidad
            civil
            Jueces y tribunales suelen conde-
            nar como responsables civiles a los
            organizadores de la prueba, al me-
            nos hasta un determinado porcen-
            taje. Por su parte, el piloto no será   en el artículo 1.902 del Código Ci-  Suele
            procesado por un delito de homi-  vil, que están basados en la culpa
            cidio por imprudencia, porque era   del causante. Ahora bien, como se   condenarse	como
            una competición y no se le puede   trata de una actividad de riesgo, la   responsables
            atribuir  ninguna  culpa.  Tampoco   jurisprudencia  viene  establecien-
            concurre responsabilidad para los   do la presunción de culpa del cau-   civiles	a	los
            espectadores.                     sante  quien,  para  liberarse,  tiene   organizadores
                                              que  demostrar  que  empleó  todas
            Sobre  esta  última  cuestión,  José   las  medidas  posibles  para  evitar   de	la	prueba,
            Antonio Badillo, especialista en el   el daño. En estos casos, es difícil   al	menos	hasta
            ámbito de la Responsabilidad Civil   poder demostrar lo anterior y por
            y  director  de  la  revista  RC,  recor-  ello, los jueces y tribunales suelen   un	determinado
            daba  en  declaraciones  al  Boletín   condenar como responsables civi-  porcentaje	y	el
            Diario  de  Seguros  (BDS),  que  la   les a los organizadores de la prue-
            Disposición Adicional Segunda del   ba, al menos hasta un determina-   piloto	no	será
            Reglamento del SOA se limita a in-  do porcentaje.                     procesado	por
            dicar  que  el  seguro  especial  para
            pruebas  deportivas  debe  cubrir,   valorar todas las                  un	delito	de
            al  menos,  los  importes  del  SOA.   circuNstaNcias                  homicidio	por
            Ahora bien, esta norma no regula
            los criterios de atribución de la res-  Por su parte, los espectadores, en   imprudencia
            ponsabilidad  de  los  participantes   este caso, los perjudicados, que se
            de  estas  pruebas  deportivas.  En   colocan en una curva o muy cerca
            este  caso,  no  se  pueden  aplicar   de  la  vía  por  donde  transcurren   asunto  y  la  entidad  aseguradora
            los  criterios  de  responsabilidad   estas  pruebas,  de  alguna  forma   que garantiza la RC y las víctimas y
            objetiva,  establecidos  en  la  Ley   están también asumiendo un ries-  perjudicados lleguen a un acuerdo
            de  responsabilidad  civil  y  circula-  go  por  el  que  deben  responder  y   respecto a la indemnización que lo
            ción de vehículos a motor, porque   de ahí que se pueda apreciar una   corresponde a cada uno de ellos.
            no  se  trata  de  un  “accidente  de   concurrencia  de  culpas  por  parte
            circulación”,  que  esté  dentro  del   de los juzgadores.          Al no tratarse de un accidente de
            ámbito de aplicación de esta nor-                                   circulación  incluido  en  el  ámbito
            mativa especial, al estar excluidas   En  todo  caso,  tanto  la  responsa-  de aplicación de la legislación au-
            expresamente las pruebas deporti-  bilidad  civil  de  los  organizadores   tomovilística, el baremo de la LRC-
                                                                                SCVM no es aplicable con carácter
                                              como la posible asunción del ries-
            vas como hechos de la circulación,   go  por  parte  de  las  víctimas,  es   vinculante  al  caso.  Sin  embargo,
            según lo dispuesto en el artículo 2   una  cuestión  que  tendrá  que  ser   como  ocurre  en  otros  supuestos
            del  citado  Reglamento  del  SOA  y   analizada  de  forma  pormenoriza-  ajenos  al  tránsito  motorizado,  es
            de ahí que se exija un seguro dis-  da por parte del juzgador y valorar   habitual que por arreglo amistoso
            tinto al SOA.
                                              todas  las  circunstancias  que  con-  o por decisión del juez, se aplique
            Por ello, se deben aplicar los crite-  curren en los lamentables hechos   el citado baremo de forma orienta-
            rios  de  atribución  de  responsabi-  acaecidos. También es posible que   tiva, para cuantificar las correspon-
            lidad  civil  generales  establecidos   se  resuelva  extrajudicialmente  el   dientes indemnizaciones.


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