Page 23 - PERICIA 63
P. 23
documento
tanto, en estos casos, el perito debe cal- Las coberturas de dinero y cristales,
cular la preexistencia y aplicar, si pro- entre otras, suelen asegurarse a Primer
cede, la regla proporcional, y una vez Riesgo pero, atención, hay pólizas en
aplicada ésta, limitar la indemnización las que este tipo de coberturas se limi-
al porcentaje del capital señalado en las tan a una cantidad o a un porcentaje
condiciones particulares. del capital pero no se expresa que se
cubran a primer riesgo, y en esos casos,
Ejemplo. Supongamos que en el según estén redactadas las cláusulas, es
ejemplo anterior el Contenido se posible que se consideren sublímites del
asegura a Valor Parcial del 10%, valor total en cuyo caso funciona como
que supone un límite de: 45.000 x un Valor Parcial; se aplica primero la
10% = 4.500 €. Al aplicar la Regla regla proporcional y luego se limita a la
Proporcional se reducen los daños de cantidad y/o porcentaje señalados.
8.000 € a 7.200 €, y este resultado
se limita al 10% del Capital, que es
de 4.500 €, por lo que se han de
indemnizar estos 4.500 €. Y si en
póliza se prevé la derogación de la Los daños por
Regla Proporcional, en este ejemplo Responsabilidad Civil
no nos afecta, pues el límite sigue
siendo inferior a los daños tasados siempre se valoran a Primer
sin aplicar Regla Proporcional Riesgo, como es lógico,
hasta el límite del capital
En el aseguramiento o cobertura a “primer contratado
riesgo” se cubren los daños que sufran
los bienes asegurados hasta el límite
contratado SEGURo CoN “LíMITE
DE INDEMNIZACIóN”
En cualquiera de las modalidades
ASEGURAMIENTo o anteriores nos podemos encontrar con
CoBERTURA A “PRIMER una cobertura con Límite de Indemni-
RIESGo” zación para una parte de los bienes y,
En esta modalidad de cobertura se en algunos casos, para la totalidad.
cubren los daños que sufran los bienes En pólizas industriales suelen ase-
asegurados hasta el límite contratado. gurarse algunos riesgos con Límite de
No se precisa valorar la preexistencia. Indemnización, por garantías, por co-
Únicamente hay que valorar los daños berturas, global por siniestro, por anua-
y limitarlos al capital contratado. lidad, etcétera. Son casos especiales en
pólizas diseñadas “a medida” del asegu-
Si en el mismo ejemplo ante- rado. Funciona de forma similar al Va-
rior el Contenido se asegura a Pri- lor Parcial, aunque en pólizas a medida
mer Riesgo, como los daños tasados pueden tener cláusulas especiales
(8.000 €) no superan el Capital ase-
gurado (45.000 €), se indemniza la SEGURo A “íNDICE VARIABLE”
totalidad de los daños. Si se hubie- Sirve para adecuar la suma asegu-
ran tasado daños por 60.000 €, sólo rada a los movimientos inflacionarios.
se cubre el límite del Capital asegu- Partiendo de la base de que el capi-
rado, 45.000 €. tal asegurado al inicio de la póliza es
Doc. III