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                            FoRMAS DE ASEGURAMIENTo






            Comenzamos. Las diferentes modali-    ASEGURAMIENTo A “VALoR
          dades o formas de asegurar los bienes,   ESTIMADo” o “CoNVENIDo”
          continente, contenido, objetos de valor,   Este seguro se contrata para asegu-
          joyas, ajuar, mercancías, equipos infor-  rados que presentan ciertas caracterís-
          máticos, etcétera son las siguientes:   ticas como gran importancia económi-
                                                  ca, extensión geográfica o volumen de
          ASEGURAMIENTo o                         primas.
          CoBERTURA A “VALoR ToTAL”                 Según el artº 26 de la Ley de Contra-

            También denominado al 100%. Esta      to de Seguro (LCS): “El seguro no puede
          modalidad de aseguramiento implica      ser objeto de enriquecimiento injusto
          que el capital contratado cubre la to-  para el asegurado. Para la determina-
          talidad de los  bienes que asegura. En   ción del daño se atenderá al valor del
          estos casos, el perito debe determinar   interés asegurado en el momento inme-
          el valor de la preexistencia de esos bie-  diatamente anterior a la realización del
          nes y si éste es superior al citado capi-  siniestro”.
          tal contratado, aplicar la regla propor-  “No obstante lo anterior, las partes
          cional  por  infraseguro.  Debe  tener  en   podrán fijar en la póliza el valor del in-
          cuenta el perito si en la póliza se cubre   terés asegurado que habrá de tenerse en
                                                  cuenta para el cálculo de la indemni-
          alguna cláusula derogatoria de la regla
          proporcional.                           zación. Se entiende que una póliza es
                                                  estimada cuando el asegurador y el ase-
                                                  gurado hayan aceptado expresamente
               Ejemplo.  Un  Contenido  asegura-  en ella el valor del interés asegurado”
            do en 45.000 € cuya Preexistencia     (artº 28.2 LCS).
            se  valora en 50.000  €,  ha  sufrido   El seguro a Valor Estimado suele con-
            daños de 8.000 €. No es suficiente    tratarse sobre la base de una valoración
            la cobertura:  existe infraseguro.  La   previa realizada por un experto inde-
            aplicación de la regla Proporcional   pendiente, llevando aparejada la dero-
            es la siguiente:                      gación de la regla proporcional y algún
               (45.000 x 8.000) / 50.000 = 7.200 €  procedimiento, contenido en la póliza,
               Pudiéndose representar también     que permita adecuar la suma asegurada
            así:                                  y las primas a las oscilaciones del valor
               (45.000 / 50.000) x 100 = 90,00%   del interés (artº 29 LCS). Estas oscilacio-
            de cobertura; 8.000 x 90,00% =        nes pueden ocurrir no solamente por el
            7.200 €                               transcurso del tiempo, sino, por ejemplo,
               Pero supongamos que la póli-       por la variación del inmovilizado mate-
            za prevé la derogación de la Regla    rial (ampliación de edificios, compra de
            Proporcional si la diferencia entre el   maquinaria).
            Capital y la Preexistencia no supera,
            por ejemplo, el 15%:                  ASEGURAMIENTo A “VALoR
               En este caso (ejemplo), como la    PARCIAL”
            diferencia es del 10%, no se aplica     Esta modalidad es como a valor total,
            la Regla Proporcional, y se indemni-  pero limitando la indemnización a un
            zan los 8.000 .                       porcentaje del capital contratado. Por

                                                         Doc. II
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