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médicos
puede venir limitada también por cir- personas entendidas en aquellas mate- En el terreno judicial es el juez quien
cunstancias o hechos que le obligan a rias”. decide la admisión de la prueba y quien
abstenerse o que pueden determinar su Esta redacción también puede oca- libremente determinará su apreciación.
recusación. sionar confusión al facultativo médico, También entra dentro de sus competen-
Las causas de abstención y recusación quien tiende a interpretar esa referencia cias la decisión de establecer las cualifi-
se establecen de forma general en el art. al “título oficial” como la exigencia del
caciones que ha de reunir el perito para
219 de la Ley Orgánica del Poder Judi- título oficial de especialista médico según
la emisión del dictamen pericial en cada
cial y en síntesis se refieren a la exis- el Real Decreto de especialidades en
caso.
tencia de vínculos de amistad, enemistad, Ciencias de la Salud en vigor en cada
En el ámbito de las especialidades
parentesco, consanguinidad o de otra momento.
médicas, dos títulos oficiales de espe-
índole que el perito haya podido esta- En este sentido, el facultativo debe co-
blecer, por uno u otro motivo, con las nocer que la literalidad de la ley no exi- cialista vía MIR reconocen competen-
partes, con sus letrados o procuradores o ge que los peritos posean títulos profe- cias para actuar como perito. Estos son
con el objeto de la pericia. sionales idénticos a los títulos oficiales de el Título de Especialista en Medicina Le-
Además de lo anterior, el perito judi- especialista médico que expide en nues- gal y Forense y el Título de Especialista
cial tiene deberes y responsabilidades, así tro país el Ministerio de Educación. en Medicina del Trabajo. Los programas
como derechos, y en su actuación habrá Seguir esa interpretación conlleva a oficiales de estas especialidades con-
de que atenerse a lo que el Código de De- error en el contexto judicial, ya que den- templan específicamente la formación
ontología Médica en vigor (‘Guía de Éti- tro del mismo el perito es traído al pro- como perito ante los tribunales con ma-
ca Médica’, 2011) establece para el ejer- ceso exclusivamente por su preparación
yor especialización en la jurisdicción so-
cicio de la artística, científica o técnica, sin que
cial/laboral para los últimos.
profesión médica, en general, y para tenga importancia el modo de adquisi-
Además de estas dos especialidades
el desempeño de ese cargo en particular ción de sus
médicas oficiales, existen títulos uni-
(Capítulo XVII: Médicos Peritos). conocimientos, ni siquiera que tenga
versitarios y másteres que permiten
Como ya se ha dicho anteriormente, o no título oficial, aunque la ley prefie-
las cualificaciones que debe reunir el ra lógicamente a los titulados. acreditar una formación específica pa-
facultativo médico para la emisión del Por ejemplo: la exigencia del título ra la actuación como perito ante los
dictamen pericial suelen suscitar dudas oficial de especialista podría suponer en tribunales.
entre los colegiados. la práctica que médicos forenses por Entre ellos se ha consolidado el Títu-
La aproximación conceptual desde la oposición no pudieran ejercer su función lo de Experto o Especialista en Valora-
Medicina a la definición de perito pue- por no ostentar título oficial de especia- ción del Daño Corporal, que en países co-
de mover a error al facultativo, al en- lidad médica alguna. mo en Francia se corresponde con una
tender, que para el desempeño del papel especialidad médica oficial (Dommage
de perito ante los tribunales, se exige
Corporel), y que en Europa posee pleno
cumplir exactamente con requisitos que
reconocimiento.
conocemos por su aplicación en el ám- En España este título, que otorgan
bito clínico. Las cualificaciones que
En el año 2000, Ley de Enjuiciamiento muchas Universidades, surge en los años
Civil en su artículo 340.1 venía a esta- debe reunir el facultativo 90 en la Cátedra de Medicina Forense
de Madrid, posee una tradición de más de
blecer a este respecto lo siguiente: “Los médico para la emisión del
peritos deberán poseer el título oficial 20 años y, a fecha de hoy, es plena-
que corresponda a la materia objeto del dictamen pericial suelen mente admitido por los Tribunales.
dictamen y a la naturaleza de éste. Si se Tanto es así, que son los propios Tri-
tratare de materias que no estén com- suscitar dudas entre los bunales los que reclaman continuamen-
prendidas en títulos profesionales ofi- te el concurso de peritos titulados/ex-
ciales, habrán de ser nombrados entre colegiados pertos en valoración del daño corporal
para ilustrarles sobre un buen número de
asuntos.
Otra cuestión que frecuentemente sus-
cita consultas tiene que ver con la re-
muneración que la actuación pericial
pueda generar.
Debe tenerse en cuenta que esta no
tiene por qué establecerse únicamente
para compensar por el informe pericial
solicitado, sino que el perito puede soli-
citar que también se satisfaga la cantidad
que corresponde a la posterior ratifica-
Miembros de la Comisión Deontológica del Colegio Oficial de Médicos de Zaragoza. ción y defensa del mismo en sede judi-
cial.
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