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médicos






          puede venir limitada también por cir-  personas entendidas en aquellas mate-  En el terreno judicial es el juez quien
          cunstancias o hechos que le obligan a  rias”.                         decide la admisión de la prueba y quien
          abstenerse o que pueden determinar su  Esta redacción también puede oca-  libremente determinará su apreciación.
          recusación.                        sionar confusión al facultativo médico,  También entra dentro de sus competen-
            Las causas de abstención y recusación  quien tiende a interpretar esa referencia  cias la decisión de establecer las cualifi-
          se establecen de forma general en el art.  al “título oficial” como la exigencia del
                                                                                caciones que ha de reunir el perito para
          219 de la Ley Orgánica del Poder Judi-  título oficial de especialista médico según
                                                                                la emisión del dictamen pericial en cada
          cial y en síntesis se refieren a la exis-  el Real Decreto de especialidades en
                                                                                caso.
          tencia de vínculos de amistad, enemistad,  Ciencias de la Salud en vigor en cada
                                                                                   En el ámbito de las especialidades
          parentesco, consanguinidad o de otra  momento.
                                                                                médicas, dos títulos oficiales de espe-
          índole que el perito haya podido esta-  En este sentido, el facultativo debe co-
          blecer, por uno u otro motivo, con las  nocer que la literalidad de la ley no exi-  cialista vía MIR reconocen competen-
          partes, con sus letrados o procuradores o  ge que los peritos posean títulos profe-  cias para actuar como perito. Estos son
          con el objeto de la pericia.       sionales idénticos a los títulos oficiales de  el Título de Especialista en Medicina Le-
            Además de lo anterior, el perito judi-  especialista médico que expide en nues-  gal y Forense y el Título de Especialista
          cial tiene deberes y responsabilidades, así  tro país el Ministerio de Educación.  en Medicina del Trabajo. Los programas
          como derechos, y en su actuación habrá  Seguir esa interpretación conlleva a  oficiales de estas especialidades con-
          de que atenerse a lo que el Código de De-  error en el contexto judicial, ya que den-  templan específicamente la formación
          ontología Médica en vigor (‘Guía de Éti-  tro del mismo el perito es traído al pro-  como perito ante los tribunales con ma-
          ca Médica’, 2011) establece para el ejer-  ceso exclusivamente por su preparación
                                                                                yor especialización en la jurisdicción so-
          cicio de la                        artística, científica o técnica, sin que
                                                                                cial/laboral para los últimos.
            profesión médica, en general, y para  tenga importancia el modo de adquisi-
                                                                                   Además de estas dos especialidades
          el desempeño de ese cargo en particular  ción de sus
                                                                                médicas oficiales, existen títulos uni-
          (Capítulo XVII: Médicos Peritos).    conocimientos, ni siquiera que tenga
                                                                                versitarios  y  másteres  que  permiten
            Como ya se ha dicho anteriormente,  o no título oficial, aunque la ley prefie-
          las cualificaciones que debe reunir el  ra lógicamente a los titulados.  acreditar una formación específica pa-
          facultativo médico para la emisión del  Por ejemplo: la exigencia del título  ra  la  actuación  como  perito  ante  los
          dictamen pericial suelen suscitar dudas  oficial de especialista podría suponer en  tribunales.
          entre los colegiados.              la práctica que médicos forenses por  Entre ellos se ha consolidado el Títu-
            La aproximación conceptual desde la  oposición no pudieran ejercer su función  lo de Experto o Especialista en Valora-
          Medicina a la definición de perito pue-  por no ostentar título oficial de especia-  ción del Daño Corporal, que en países co-
          de mover a error al facultativo, al en-  lidad médica alguna.         mo en Francia se corresponde con una
          tender, que para el desempeño del papel                               especialidad médica oficial (Dommage
          de perito ante los tribunales, se exige
                                                                                Corporel), y que en Europa posee pleno
          cumplir exactamente con requisitos que
                                                                                reconocimiento.
          conocemos por su aplicación en el ám-                                    En España este título, que otorgan
          bito clínico.                      Las cualificaciones que
            En el año 2000, Ley de Enjuiciamiento                               muchas Universidades, surge en los años
          Civil en su artículo 340.1 venía a esta-  debe reunir el facultativo  90 en la Cátedra de Medicina Forense
                                                                                de Madrid, posee una tradición de más de
          blecer a este respecto lo siguiente: “Los  médico para la emisión del
          peritos deberán poseer el título oficial                              20 años y, a fecha de hoy, es plena-
          que corresponda a la materia objeto del  dictamen pericial suelen     mente admitido por los Tribunales.
          dictamen y a la naturaleza de éste. Si se                                Tanto es así, que son los propios Tri-
          tratare de materias que no estén com-  suscitar dudas entre los       bunales los que reclaman continuamen-
          prendidas en títulos profesionales ofi-                               te el concurso de peritos titulados/ex-
          ciales, habrán de ser nombrados entre  colegiados                     pertos en valoración del daño corporal
                                                                                para ilustrarles sobre un buen número de
                                                                                asuntos.
                                                                                   Otra cuestión que frecuentemente sus-
                                                                                cita consultas tiene que ver con la re-
                                                                                muneración que la actuación pericial
                                                                                pueda generar.
                                                                                   Debe tenerse en cuenta que esta no
                                                                                tiene por qué establecerse únicamente
                                                                                para compensar por el informe pericial
                                                                                solicitado, sino que el perito puede soli-
                                                                                citar que también se satisfaga la cantidad
                                                                                que corresponde a la posterior ratifica-
             Miembros de la Comisión Deontológica del Colegio Oficial de Médicos de Zaragoza.  ción y defensa del mismo en sede judi-
                                                                                cial.

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