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tribuna
El tetraedro del siniestro
Ildefonso Ramiro Párraga,
Perito de Seguros y responsable técnico de Gessegen Peritaciones
El principio básico del tetraedro del fuego es el mismo que el del Para el caso de daños a los bie
triángulo del fuego, todos los lados son necesarios para que la nes, en el momento de producirse
un siniestro, si las circunstancias
combustión se mantenga, porque si eliminamos cualquiera, el del mismo se ajustan a las garantías
fuego se apaga. de la póliza, el asegurado no tendrá
problemas para la reparación o para
percibir la indemnización. Siendo
i hacemos un símil entre el la aseguradora se obliga, median así, en teoría todo parece resumirse
fuego y el siniestro, y siendo te el cobro de una prima y para el en un simple acuerdo de dos partes
conscientes de la importan caso de que se produzca un evento interesadas en mantener una rela
scia que conlleva su existen cuyo riesgo es objeto de cobertura, ción contractual en la que una parte
cia, porque es el hecho en sí el que a indemnizar, dentro de los lími paga una cantidad económica por
motiva al asegurado para contratar tes pactados, el daño producido al lo que le pueda suceder en el futuro,
un seguro, podemos considerar que asegurado o a satisfacer un capital, cantidad que la otra parte percibe
para que el proceso del siniestro se una renta u otras prestaciones con con la finalidad de asumir un posi
desarrolle completa y satisfactoria venidas (Art. 1 de la Ley de Contra ble evento dañoso para sufragarlo
mente será necesario que interven to de Seguro LCS), o en su caso, en su debido momento.
gan tres figuras, como son, el tra siempre y cuando la naturaleza del Ahora bien, la práctica, y el nú
mitador, el reparador y el perito, y, seguro lo permita y el asegurado mero de reclamaciones que los ase
salvo casos muy específicos, no po lo consienta, la aseguradora podrá gurados formulan en los organis
drá faltar ninguna de ellas porque sustituir el pago de la indemniza mos competentes en la materia, nos
no se cerraría el triángulo y la tra ción por la reparación o la reposi dice, que en un considerable por
mitación del siniestro no sería com ción del objeto siniestrado (Art. 18 centaje de casos surgen problemas
pleta, pues cada una de las figuras de la LCS). y estos pasan, mayoritariamente,
hace una función definida, concreta Básicamente, para que exista la porque el contrato que han firma
y determinante. relación contractual que obligue a do y consentido las dos partes no
Se define como siniestro a todo las partes, es necesario que inter es del todo correcto, o dicho de otra
hecho súbito, accidental e impre venga el asegurado, tomador o be forma, no se ajusta a la realidad del
visto cuyas consecuencias dañosas neficiario y la aseguradora, estando riesgo objeto de la relación, bien
estén total o parcialmente cubiertas motivada la relación por la “tran porque no se han estipulado debi
por alguna de las garantías de la quilidad” que el asegurado preten damente los capitales, porque no se
póliza. Con independencia del nú de adquirir cuando paga una prima han tenido en cuenta las medidas
mero de afectados, el conjunto de para el caso de que se produzca de seguridad reales, porque no se
los daños derivados de un mismo un siniestro en el que se van a ver han contemplado las agravaciones
evento constituye un solo siniestro. afectados su patrimonio, su salud, o porque alguna de estas situacio
Podemos entender con ello que su renta futura o incluso su vida. nes ha quedado obsoleta o ha va
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