Page 7 - PERICIA Nº92
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            estos  vehículos  no  terminaban   Debe analizarse la posible intervención
            de encajar en las definiciones
            existentes en la normativa eu-    del CCS en relación con el aseguramiento
            ropea hasta entonces.  Tampoco    de los VMP cuando se incumpla la
            quedaba claro si debían ser ob-
            jeto  de  aseguramiento  obligato-  obligación legal de circular con seguro
            rio, ni si este seguro debía ser el
            del automóvil u otra modalidad,   obligatorio o los de rechazo de la
            como responsabilidad civil gene-  contratación del citado seguro por las
            ral. En este sentido, la sociedad,
            en general,  y el sector asegura-  entidades aseguradoras privadas
            dor, en particular, demandaban
            un marco legislativo común pre-
            ciso respecto a estos  vehículos,
            o al menos lo suficientemente     los nuevos tipos de VMP cuando    tos para las víctimas o perjudica-
            claro como para afrontar el desa-  se incumpla la obligación legal   dos de fallecidos de este tipo de
            rrollo de una legislación nacional  de circular con seguro obligatorio   vehículos, puesto que no parece
            específica.                       o los de rechazo de la contrata-  razonable clasificar a las víctimas
                                              ción del citado seguro por las en-  por el mero hecho de que un ve-
              En la consulta, se  valora, por   tidades aseguradoras privadas.  hículo impulsado por un motor
            tanto, si es conveniente o no la                                    pueda correr más o menos, pues
            regulación de un seguro obligato-   ANAVA también considera ur-     potencialmente los daños causa-
            rio para los vehículos de movili-  gente la regulación de un seguro   dos pueden ser los mismos que
            dad personal. Y de serlo, si resul-  obligatorio para los vehículos de   en cualquier otro tipo vehículo”.
            ta preferible su regulación dentro   movilidad personal  y, teniendo
            del actual seguro obligatorio de   en cuenta, el masivo uso, la di-   Llegados a este punto cabe
            automóviles o mediante un segu-   versidad regulatoria existente en   preguntarse, ¿qué tipo de seguro
            ro específico.                    el país y el crecimiento exponen-  es mejor para estos casos? ¿de
                                              cial de los accidentes derivados   autos? ¿de responsabilidad civil?
              En este sentido, debe anali-    de su utilización, “entendemos
            zarse la posible intervención del   que sería recomendable una re-    Ambos  tienen  sus  pros  y  sus
            Consorcio de Compensación de      gulación dentro del actual segu-  contras. El de autos es un seguro
            Seguros (CCS) en relación con el   ro obligatorio de automóviles”. Y   ya consolidado, la función como
            aseguramiento, en su caso, de     ello a fin de “evitar límites injus-  fondo de garantía la realiza el




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