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y a las reglas legalmente estable-
cidas. Estas tablas se derivan de
las Bases Técnicas Actuariales que
contienen las hipótesis económi-
co-financieras y biométricas del
cálculo de los coeficientes actua-
riales.
Anualmente se revisan las
cuantías y límites indemnizato-
rios fijados en la Ley y en sus ta-
blas. En general, y de forma auto-
mática, quedan actualizadas con
efecto a 1 de enero de cada año No solo no se ha contado con los
en el porcentaje del índice de re-
valorización de las pensiones pre- peritos de seguros médicos de
visto en la Ley de Presupuestos APCAS, tampoco con los expertos de
Generales del Estado, que para
el año 2020 es de un 0´9%. Sin SEVAMEDAC
embargo, los expertos recogen
en este informe la necesidad de
una revisión periódica de las ba- se actualizan según el Salario Mí- INFORMES MÉDICOS
ses técnicas actuariales (del art. nimo Interprofesional que para el
48 del Real Decreto Legislativo año 2020 ha pasado a ser de 950 La Comisión sugiere la unificación
8/2004, de 29 de octubre, por el euros mensuales y 13.300 euros de la terminología legal relativa a
que se aprueba el texto refundido anuales. los informes médicos. Según los
de la Ley sobre responsabilidad Por su parte, el artículo 40.1 expertos, “no pueden seguir exis-
civil y seguro en la circulación de tiendo diversas denominaciones
vehículos a motor, conocido por del mismo texto establece que del informe médico que apare-
sus siglas LRCSCVM) según el Ín- la cuantía de la indemnización se cen a lo largo de toda la ley y que
dice de Precios de Consumo. Así, calculará teniendo en cuenta el están complicando la gestión y
la Comisión recomienda que se baremo vigente a fecha del acci- tramitación de las reclamaciones”.
sustituya dicho índice en este ar- dente, actualizado al año en que En este sentido, Francisco de la
tículo y en aquellos concordantes se determine el importe ya sea Puente, vicepresidente de APCAS
por el IPC. por resolución judicial o extraju- y perito de seguros médicos, se-
dicial. Por lo tanto, para cualquier
En cualquier caso y con fecha ñala que la asociación ya propuso
30 de marzo de 2020, la DGSFP accidente cuya indemnización se hace tiempo que hubiera un in-
dictó una resolución por la que pague a partir del 1 de enero de forme médico ‘tipo’ de valoración
se hacían públicas las cuantías de 2020, se deberán aplicar las can- de lesiones y secuelas, “que no se
las indemnizaciones actualizadas. tidades actualizadas a este año, aceptó y que ahora se echa en
Según se recoge en su web, las in- independientemente de cuál sea falta”. Además, pone su queja en
demnizaciones por días (por pér- la fecha de ocurrencia del sinies-
dida temporal de calidad de vida) tro o de la estabilización lesional. numerosas deficiencias deriva-
pasan a ser: Este suele ser un punto de conflic- das de la elaboración del baremo
to con las compañías de seguros, médico, ya que fue realizado en
• Día básico: 31,32 €.
sobre todo a primeros de año, su momento por tan solo dos de
• Día moderado: 54,30 €. cuando existen muchos acciden- las partes (aseguradoras y asocia-
• Día grave: 78,31 €. tes ocurridos en el año anterior ciones de víctimas), sin tener en
pero que van a ser indemnizados cuenta a los médicos que traba-
• Día muy grave: 104,42 €. en el año en curso y pretenden jan diariamente con lesionados
Solo las tablas 2.C.3, 2.C.7 y defender que el baremo a aplicar de tráfico, pese al ofrecimiento
2.C.8, por su naturaleza especial, es el de la fecha del accidente. que hizo APCAS.
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