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tribuna







            La intención del legislador es, sin   tomada por una persona con formación
          duda, favorecer el uso de métodos alter-  técnica, experta en la materia objeto del
          nativos de solución de conflictos, como   conflicto, nombrada de común acuerdo
          siempre ha sido la constante en la legis-  por las partes.
          lación aseguradora (procedimiento peri-   El procedimiento en sí, es muy simi-
          cial, defensor  del  asegurado  o Servicio   lar al arbitraje, aunque menos formal. En
          de Reclamaciones de la Dirección Gene-  el ámbito anglosajón (sobre todo en el
          ral de Seguros y Fondos de Pensiones).   Reino Unido y Australia) se utiliza como
          Sin embargo, de la redacción del artículo   alternativa al arbitraje cuando se trata
          parecería desprenderse que ante la falta   de decidir un tema de carácter técnico
          de acuerdo sobre las causas y origen del   o económico (sin implicaciones jurídicas
          siniestro y el importe y la forma de la in-  en sí mismo, sino que la solución jurídica
          demnización las partes solo pueden, al-  viene dada por la decisión técnica).
          ternativamente, acudir a una mediación    Esta figura está desarrollada funda-
          o iniciar un procedimiento judicial, de-  mentalmente en la literatura jurídica
          jando de lado otras vías de solución del   inglesa, que entiende como ventajas las
          conflicto, como pueden ser el arbitraje,   siguientes:
          o cualquier otro método de solución de   •  Permite el nombramiento de un ex-
          conflictos, ya estén recogidos o no en     perto con gran cualificación técnica
          nuestra normativa.                         necesaria a la cuestión en discusión.
            Por ello, más allá del indudable acierto   •  Suele ser más barato que el recurso al
          que supone la recuperación del procedi-    arbitraje o los Tribunales
          miento pericial contradictorio, debemos   •  Permite mantener la relación comer-
          preguntarnos si con esto quedan sufi-      cial de las partes, ya que es menos
          cientemente cumplidas las aspiraciones     controversial.
          de quienes siempre hemos estado con-    •  Evita que las partes tengan que nom-
          vencidos de la utilidad de este procedi-   brar sus propios peritos, ya que el
                                                     Perito-experto es quien realiza la in-
          miento (que tal vez podría haber sido      vestigación
          simplificado) o, por el contrario, debe-
          mos tratar de conocer otros métodos de
          solución de conflicto en los que el perito   En el ámbito anglosajón se utiliza la ‘expert
          tiene un papel destacado, y que podrían
          contribuir a diseñar un proceso que pue-  determination’ como alternativa al arbitraje
          da servir de alternativa al procedimiento
          pericial diseñado por nuestra actual LCS   cuando se trata de decidir un tema de carácter
          o por el próximo Código de Comercio.    técnico o económico
            Entre estos métodos de solución de
          conflictos, caracterizados por la flexi-
          bilidad de sus procedimientos, el me-     Por su parte, debemos tener en cuenta
          nor coste para las partes, la rapidez y la   sus debilidades:
          preservación de las relaciones entre las   •  Frente al arbitraje, la imposibilidad
          partes, destaca, por su uso cada vez ma-   del perito para decidir sobre su propia
          yor en el mercado anglosajón, junto al     competencia  (al contrario  que árbi-
          arbitraje y la mediación, la ‘expert deter-  tros y Tribunales)
          mination’, que podríamos traducir por   •  La total dependencia de la articula-
          decisión de perito.                        ción del procedimiento que se realice
                                                     en el contrato, ya que no hay reglas
          ‘EXPERT DETERMINATIoN’                     legales ni institucionales
            Se trata de un procedimiento de deci-  •  Frente al arbitraje y a la mediación, la
          sión vinculante para las partes (aunque    falta de ejecutabilidad de las decisio-
          también podría pactarse que no lo fuera)   nes del perito.

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