Page 38 - PERICIA 57
P. 38
Revista PERICIA 57:Revista PERICIA 45.qxp 03/10/13 14:35 Página 34
tribuna
La intervención de peritos
en el transporte
odo el mundo sabe que la carretera es ros en examinar un tráiler por cuya mer-
el modo de transporte de mercancías lí- cancía dañada puede recibirse una reclama-
der en España –85 % en tráfico na- ción de 200 o 300 mil? Por carretera se
Tcional– y también que cuando hay un transporta desde patatas hasta teléfonos mó-
siniestro en un camión –sobre todo, daños– viles de última generación, a 600 euros la
siempre interviene un perito, profesional im- “pieza”. Aparte, el perito puede hacer un
prescindible para determinar las causas del in- predictamen o valoración inicial, de precio
cidente, evaluar los daños, etc. –Qué tengo inferior al dictamen propiamente dicho (es-
que explicar, si me dirijo a su Asociación Na- to tampoco lo saben muchos transportistas).
cional? –, en definitiva los hechos. Ahora No veo motivo sólido para que no sea el
bien, en la práctica –según mi experiencia de transportista el primer interesado en llamar
35 años como abogado en ejercicio al servi- a “su” perito. Francisco Sánchez-
cio de transportistas- interviene sólo un pe- Por encima de su independencia, profe- Gamborino,
rito: el nombrado por un asegurador, ya sea sionalidad y objetividad, fuera de toda duda, Abogado especialista en
este asegurador del cargador, ya sea del pro- el perito de parte puede fijarse en determi- Transporte, vicepresidente de la
pio transportista (de daños o de responsabi- nados aspectos, igualmente objetivos, que Comisión Jurídica de IRU,
lidad civil contractual). después pueden jugar a favor de uno o de presidente del Grupo ‘Seguro de
¿Por qué no interviene además un perito otro afectados, e incluso -¿por qué no?- dar Transporte’ en SEAIDA
(abogados@
designado por el propio transportista? consejos útiles de cara al futuro. sanchez-gamborino.com)
Pues, por dejadez de los transportistas, En cualquier contrato, la responsabilidad
por su falta de organización, por su con- de una de las partes nace cuando, por in-
fianza en el perito del asegurador, por mie- cumplir cualquiera de las obligaciones con-
do a que un perito propio les cueste dema- traídas en el mismo, produce perjuicios a la
siado dinero, por recelo a que ello se pueda contraparte. En el caso del transporte, sobre
tomar como un principio de enfrentamiento todo, cuando el transportista deja de cumplir
a su cliente el cargador, por ignorancia de las su principal obligación que es la de entregar
posibilidades que al asegurado otorga en en destino la mercancía que le ha sido con-
cuanto a peritación –tratándose del asegu- fiada, íntegra e incólume –“sana y salva” –
rador propio– el art. 38 de la Ley 50/1980,
o por un poco de todo ello junto.
Y no parece bueno que ello sea así. “La intervención del perito de parte es
Contra la desidia, diligencia; contra el re-
celo a qué pensará el cliente, consciencia de interesante para los transportistas y, desde
que cada empresa tiene que defender lo pro-
pio; contra la falta de organización, que luego, para nosotros los abogados”
exista esta posibilidad accesible; contra la ig-
norancia, información; contra el temor de ca-
restía, también información sobre el coste, y dentro de plazo (estipulado o razonable/ha-
pues probablemente no estamos hablando bitual). Puesto que pesa sobre él una obliga-
de cantidades astronómicas, sino de precios ción de resultado –esa buena entrega-, si no
razonables, que –salvo para unas abolladu- hace esto, se presume ex lege su culpabilidad.
ras en un par de cajas–, desde luego, mere- Para exonerarse de esa responsabilidad, ten-
cen la pena. ¿Cómo no gastar 200 o 500 eu- dría que probar –no sólo alegar- un hecho
34