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tribuna







            a) Emisión  de  dictamen  pe-     4. ElABoRACIóN DEl                un  acta  en  el  que  se  refleje  la
               ricial,  recomendado  para       INfoRME PERICIAl                conformidad o no en las pregun-
               aquellos  casos  en  los  que,   Tras  el  reconocimiento  de  la   tas objeto de la pericia. A dicho
               en base a la documentación     persona  se  procederá  a  la  rea-  documento se la denomina acta
               aportada,  no  se  prevea  que   lización del informe médico pe-  pericial conjunta y, de llegarse a
               la  intervención  pericial  vaya   ricial que será depositado en la   una conformidad, es vinculante
               a  aportar  resultados  benefi-  Secretaría del Colegio de Media-  para ambas partes (sin perjuicio
               ciosos para el solicitante, se   dores de Seguros de Gipuzkoa,   de una posible impugnación)
               emitirá  un  dictamen  pericial   junto con la factura, en un plazo
               en un plazo no superior a 15   no superior a los 15 días desde   6. PERITo DE CoNfoRMIDAD
               días.                          la fecha de reconocimiento o en-    En el supuesto de no llegarse a
            b) Reconocimiento  de  la  per-   trega de la documentación soli-   un acuerdo, según dicho art. 38 de
               sona  objeto  de  la  pericia,   citada en dicha visita.         la LCS, se procederá a nombramien-
               cuando  el  estudio  de  la  do-  5. ACTA PERICIAl CoNjuNTA      to de un Perito de Conformidad. Di-
               cumentación presente dudas                                       cho nombramiento puede ser por
               o se vea viable una reclama-     En el supuesto de discordan-    acuerdo entre las partes o, previa
                                                                                solicitud, por designación judicial.
               ción, se propondrá reconoci-   cia entre el informe pericial pre-  Dicho perito procederá, tras estu-
               miento médico de la persona    sentado  y  el  presentado  por  la   dio  de  la  documentación  aporta-
               para  elaboración  de  infor-  aseguradora,  y  tratarse  de  un   da, a citar a los peritos de ambas
               me pericial completo y, si se   siniestro  dentro  del  ámbito  del   partes (no es un perito dirimente
                                              Seguro de Daños, Accidente y/o
               precisara,  ampliación  de  la   Enfermedad,  es  recomendable   o tercer perito que realice un infor -
               documentación aportada. En     continuar con lo establecido en   me  pericial  independiente)  a  una
               dicha visita se firmará el Acta   el art. 38 de la Ley de Contrato   reunión en la cual se establezcan
               de Nombramiento de Perito,     de Seguro (LCS). Para ello se re-  los  acuerdos  por  unanimidad  o
               para dar cumplimiento a los    mitirá  a  cada  perito  el  informe   mayoría y se plasmen en un acta.
               requisitos establecidos en el   elaborado de adverso y la forma   Dichos acuerdos serán vinculantes
               art. 38 de la Ley de Contrato   de contacto (teléfono y/o correo   para  ambas  partes  de  no  mediar
               de  Seguros,  y  poder  iniciar   electrónico), a fin de que puedan   impugnación  en  un  plazo  de  30
               los  plazos  que  establece  di-  estudiarlos y proceder a reunir-  días, en el caso de la aseguradora,
               cho artículo sobre el procedi-  se para aclarar e intentar llegar   o de 180 días, en el caso del ase-
               miento pericial.               a un acuerdo, debiendo elaborar   gurado.

































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